

Canales de Atención
Los siguientes son los mecanismos por medio de los cuales puede presentar peticiones quejas, reclamos y sugerencias de manera verbal y/o escrita, peticiones en lenguas nativas oficiales de Colombia, y/o comunicaciones en un idioma diferente al español, con relación a omisiones o acciones. También puede dirigirlos a los entes que ejercen control sobre la entidad.
A continuación, consulte la lista de canales de atención que ha dispuesto el Icfes para prestarle un mejor servicio de atención:

Aquí usted podrá formular consultas generales sobre temas de su interés y obtendrá respuesta automática.
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Chat

Contamos con un servicio de CHAT, de lunes a viernes, de 7:00 am a 7:00 pm., para atender consultas puntuales en tiempo real.
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Sistema de Atención Electrónica

Radique aquí su PQRSD Consulte el estado de su solicitud
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El Icfes informa a todos los ciudadanos que se acoge a lo dispuesto por el Gobierno Nacional mediante del Decreto 491 de 2020, el cual amplia los términos de atención por parte de las autoridades a las peticiones que se encuentren en curso o que se radiquen durante la Emergencia Sanitaria.
Por lo tanto, los nuevos términos de respuesta quedarán así: i) para las peticiones de 15 a 30 días hábiles; ii) para las peticiones de documentos de 10 días hábiles a 20 días hábiles a partir de su recepción y: iii) para las peticiones sobre asuntos misionales de 30 días hábiles a 35 días hábiles. En todos los casos contados desde su radicación.
La Oficina Asesora Jurídica del Icfes en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 197 de la Ley 1437 de 2011 se permite poner a disposición de los despachos judiciales del país, el buzón de correo electrónico exclusivo para notificaciones judiciales notificacionesjudiciales@icfes.gov.co